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España: Una sentencia dice que las prostitutas deben ser multadas y no condenadas


Cuestiona que el ayuntamiento utilice la figura de desobediencia para resolver este problema

Fuente: Diario demallorca.es (25 jul.2008)


Anula otro fallo judicial por desobediencia contra una mujer que ofrecía servicios sexuales en las calles de Calvià

J.F. MESTRE/F.A. PALMA. Una sentencia de la Audiencia de Palma cuestiona que el Ayuntamiento de Calvià pueda perseguir a las prostitutas callejeras denunciándolas por un delito de desobediencia. El juez cree que para solucionar el conflicto que supone la presencia de estas mujeres prostituyéndose el camino más adecuado es multarlas, no acudir a los tribunales penales para que vayan a prisión. Aún así, la sentencia no declara nulo el decreto municipal, porque no es su cometido, aunque pone en duda que sea el camino más adecuado para perseguir el ejercicio de la prostitución.

El juez Diego Gómez Reino ha anulado una condena impuesta a una mujer de origen africano que fue sancionada por no acatar la orden municipal que dictó el Ayuntamiento que preside el alcalde Carlos Delgado. Esta mujer fue sorprendida el pasado verano por la Policía Local ofreciendo servicios sexuales en la calle. Otro juez declaró a la mujer culpable de una falta de desobediencia leve y le impuso 60 días de multa a razón de tres euros diarios.

El juez hace un detallado análisis de la normativa a la que acude el Consistorio de Calvià para justificar esta campaña contra la prostitución callejera. Así, el Ayuntamiento aplica un artículo de la Ley de Bases de Régimen Local, pero el juez entiende que difícilmente se puede encajar el ejercicio de la prostitución dentro de las competencia que el Consistorio puede disciplinar.

Pero lo importante para el juez no es tanto el artículo que se aplica sino las consecuencias que tiene esta política municipal. Así, recuerda la sentencia que en la Ley de Bases las infracciones municipales son de carácter estrictamente económico. Es decir, son multas. Sin embargo, a las prostitutas que ejercen en Calvià no se las sanciona con una multa. Les comunican que está prohibido ejercer esta profesión en la calle y que si se niegan a cumplir esta orden municipal estarían cometiendo un delito, que no es otro que el de desobediencia, con las consecuencias que ello acarrea. Es la fórmula


Texto fuente:
http://www.diariodemallorca.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008072500_3_379147__Part-Forana-Audiencia-frena-planes-Delgado-contra-prostitucion