España: Una sentencia
dice que las prostitutas deben ser multadas y no condenadas
Cuestiona que el ayuntamiento utilice la figura de desobediencia para resolver este problema
Fuente: Diario demallorca.es (25 jul.2008)
Anula otro fallo judicial por desobediencia contra una mujer que ofrecía
servicios sexuales en las calles de Calvià
J.F. MESTRE/F.A. PALMA. Una sentencia de la Audiencia de Palma cuestiona
que el Ayuntamiento de Calvià pueda perseguir a las prostitutas
callejeras denunciándolas por un delito de desobediencia. El juez
cree que para solucionar el conflicto que supone la presencia de estas
mujeres prostituyéndose el camino más adecuado es multarlas,
no acudir a los tribunales penales para que vayan a prisión. Aún
así, la sentencia no declara nulo el decreto municipal, porque
no es su cometido, aunque pone en duda que sea el camino más adecuado
para perseguir el ejercicio de la prostitución.
El juez Diego Gómez Reino ha anulado una condena impuesta a una
mujer de origen africano que fue sancionada por no acatar la orden municipal
que dictó el Ayuntamiento que preside el alcalde Carlos Delgado.
Esta mujer fue sorprendida el pasado verano por la Policía Local
ofreciendo servicios sexuales en la calle. Otro juez declaró a
la mujer culpable de una falta de desobediencia leve y le impuso 60 días
de multa a razón de tres euros diarios.
El juez hace un detallado análisis de la normativa a la que acude
el Consistorio de Calvià para justificar esta campaña contra
la prostitución callejera. Así, el Ayuntamiento aplica un
artículo de la Ley de Bases de Régimen Local, pero el juez
entiende que difícilmente se puede encajar el ejercicio de la prostitución
dentro de las competencia que el Consistorio puede disciplinar.
Pero lo importante para el juez no es tanto el artículo que se
aplica sino las consecuencias que tiene esta política municipal.
Así, recuerda la sentencia que en la Ley de Bases las infracciones
municipales son de carácter estrictamente económico. Es
decir, son multas. Sin embargo, a las prostitutas que ejercen en Calvià
no se las sanciona con una multa. Les comunican que está prohibido
ejercer esta profesión en la calle y que si se niegan a cumplir
esta orden municipal estarían cometiendo un delito, que no es otro
que el de desobediencia, con las consecuencias que ello acarrea. Es la
fórmula