ESPAÑA : Ordenanza anti-prostitución enfrentada en Granada
Laura Agustin Es cada vez más común
que las munici- palidades intentan controlar la prostitución callejera
sin recurrir a los debates parlamentarios. Resulta perfectamente lógico,
porque los últimos nunca llegan a ningún acuerdo puntual sino
se estancan en conflictos ideológicos. Hace no tanto tiempo Granada
impuso una ordenanza cívica del tipo que se ha comentado mucho en
Barcelona (ver comentario e imágenes de los controles). En Granada
una alianza de organizaciones que no quiere ver este tipo de control policial
en su ciudad se enfrenta con el ayuntamiento y cuestionan la idea de la
‘convivencia ciudadana’ usada como justificación de la
ordenanza. Cuando mucha gente oye tal frase le parece benévola, como
si dijera que todos queremos vivir en paz. Pero así no es, sino,
como los juristas objetan: un nuevo modelo de control de la ciudad que criminaliza
a las marginalidades, oposiciones o disidencias político-culturales.
En la foto se ve una calle desde arriba donde hay personas de pié,
sentadas y que caminan. ¿Tiene un grupo más derecho de estar
allí que otros? ¿Qué pasa si una mujer en minifalda
se siente ofendida por un hombre en camiseta roja? Llevan a los tribunales la ordenanza
contra la prostitución de Granada José A. Cano, 18 diciembre
2009, El Mundo.es Granada: Recogiendo las quejas de
las asociaciones y plataformas “antiordenanza” y añadiendo
su propia consideración de que resulta “contraria” a
la Carta europa de salvaguarda de los Derechos Humanos, la asociación
Grupo de Juristas 17 de marzo ha presentado un recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra
la “ordenanza para la convivencia” aprobada el pasado septiembre
por el Ayuntamiento de Granada y célebre por perseguir la prostitución
callejera. Los juristas consideran que la norma
“excede de las competencias municipales” al no estar “amparada
en ninguna Ley estatal o autonómica” y la califican de “un
nuevo modelo de control de la ciudad que criminaliza a las marginalidades,
oposiciones o disidencias político-culturales, inherentes a la conflictividad
urbana”. Añaden que “puede vulnerar derechos fundamentales
como el de reunión, manifestación y libertad de expresión”. En la explicación de sus motivaciones,
los juristas afirman que el texto “hace una protección aparente
y no real de los bienes jurídico presuntamente protegidos”,
esto es, la convivencia ciudadana. Llegan a afirmar que la norma “puede
desencadenar situaciones de crispación conflictividad e incluso alarma
social”. También argumentan que con esta se amplían
“peligrosamente” los poderes de la Policía Local, de
manera que “recuerda una tradición propia de otras épocas”. Finalmente, el grupo incide igualmente
en los “déficits democráticos” de la elaboración
de la norma, opinando que “la base de cualquier normativa municipal
debe ser el derecho a la participación política en su elaboración.
Actualmente hay un gran movimiento ciudadano de oposición”.