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REPUBLICA DOMINICANA: Trata de personas queda prohibida en Constitución




Fuente: Boletín Alianza por tus derechos (23 abr.2009)

Texto original

La Constitución dominicana consignó por primera vez la prohibición de la trata y tráfico de personas en todas sus formas, determinó el miércoles la asamblea revisora de la Carta Magna.

"Se prohiben la esclavitud, servidumbre y la trata y tráfico de personas en todas sus formas", fue el nuevo artículo aprobado sin modificaciones con 180 votos a favor de los legisladores.

El presidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, comentó a la AP que incluir en la Constitución la trata de personas "es de suma importancia".

"La trata y tráfico de personas... es la nueva forma de esclavitud en el mundo" y en torno a esta actividad ha evolucionado una de las expresiones del crimen organizado internacional, manifestó Castaños.

"Por primera vez se le da rango constitucional al tema y eso es positivo, trascendente", afirmó el jurista.

La ley que prohibe la esclavitud y la trata de personas data del 2003 luego de que la nación caribeña suscribiera varios convenios internacionales.

La Procuraduría General de la República tiene una departamento especial para los asuntos relativos a la trata de personas.

La primera dama Margarita Cedeño de Fernández dijo a mediados del año pasado que al menos 50.000 dominicanas en el mundo son sometidas a prácticas consideradas como trata de personas al ser utilizadas para prostitución y otros vejámenes.

República Dominicana también suele confrontar polémicas por el tráfico de migrantes, sobre todo por lo relacionado al trasiego ilegal de haitianos a territorio dominicano para labores de agricultura y construcción, así como los viajes de dominicanos que se aventuran por el mar Caribe en frágiles embarcaciones con miras a llegar a Puerto Rico.

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